Visa de Transeúnte Empleado Domestico
(TR-ED)
¿Qué es?
Se otorgará al empleado doméstico(a) de funcionario diplomático, consular o auxiliar de la República acreditado en el exterior o funcionario representante de Venezuela acreditado ante Organismo Internacional, cuando regrese definitivamente al país.
¿Para quién va dirigido?
Ciudadano extranjero.
Requisitos
• Ser extranjero.
• Tener un pasaporte válido con más de seis (6) meses de vigencia.
• Pago del arancel consular.
Recaudos
• Planilla de solicitud debidamente llena, la cual deberá solicitar a través del correo electrónico info.consulvenlisboa@gmail.com.
• Original y copia legible del pasaporte, el cual debe tener una vigencia mínima de seis (6) meses.
• Copia, a vista del original, de la Resolución de traslado definitivo al país, del funcionario diplomático, consular o auxiliar.
• Declaración, por parte del funcionario diplomático, en la cual se comprometa a sufragar los gastos de repatriación del ciudadano solicitante a su país de origen o de residencia, si se presentare el caso.
• Certificado de antecedentes penales del país de origen o del país donde haya residido los últimos cinco (5) años, apostillado y con su debida traducción al idioma español, de ser el caso. No debe tener más de tres (3) meses de haber sido emitido.
• Una (1) fotografía tipo carnet, fondo blanco.
• Efectuar el pago del arancel consular correspondiente.
IMPORTANTE: Cualquier documento a presentar que no esté en idioma español, debe contar con traducción notariada al referido idioma.
Procedimiento
• Solicitar una cita a través del enlace https://form.jotform.com/201204612442338
• Presentarse en el Consulado el día y hora de su cita, con los recaudos correspondientes.
• El día de la cita, deberá efectuar el pago del arancel consular correspondiente en la taquilla del Consulado, con tarjeta de débito.
ARANCEL CONSULAR: consultar al correo electrónico info.consulvenlisboa@gmail.com