Registro de Reconocimiento
¿Qué es?
El Registro de reconocimiento es el trámite a través del cual un ciudadano(a) venezolano(a) o extranjero(a) reconoce a su hijo(a) de nacionalidad venezolana.
¿Para quién va dirigido?
Ciudadanos venezolanos o extranjeros que requieran reconocer a su hijo(a) de nacionalidad venezolana.
Requisitos
• Ser ciudadano(a) venezolano(a) o extranjero(a)
• Realizar el registro consular a través del siguiente enlace https://form.jotform.com/201196668122051
Recaudos
• Original y dos (2) copias del acta de nacimiento o certificación del acta de nacimiento de la persona a ser reconocida, expedida por el Registro Civil venezolano.
• Tres (3) copias de la cédula de identidad y pasaporte de la persona a ser reconocida.
• Tres (3) copias del documento de identidad del padre que realiza el reconocimiento.
• Consentimiento por escrito de la persona a ser reconocida (cuando se trata de una persona mayor de edad).
• Tres (03) copias simples del acta de nacimiento, de la Gaceta Oficial o Certificado de Naturalización del padre o madre que realiza el reconocimiento, cuando sea de nacionalidad venezolana.
• Planilla de solicitud de registro de reconocimiento. Solicitar a través del correo electrónico info.consulvenlisboa@gmail.com
Procedimiento
• Asista a la sede consular en el horario de atención al público, de 09.00am a 12.00pm y de 01.00pm a 03.00pm.
• Presente los recaudos correspondientes en la taquilla de atención al usuario.
•En un lapso de cinco (5) días hábiles será contactado vía correo electrónico para que asista a la sede consular para la firma y retiro del documento.
ARANCEL CONSULAR: Gratuito.