Poder Especial
¿Qué es?
Un poder es un contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha encargado de ello (Art. 1.684 del Código Civil venezolano).
El Poder Especial es aquel que se otorga para actos legales específicos (Ej.: venta de bienes, representación en herencias, jubilaciones, etc).
A través del Consulado podrá efectuar los trámites de Otorgamiento de Poder Especial o Revocación de Poder Especial.
¿Para quién va dirigido?
Ciudadanos venezolanos(as) o extranjeros(as), naturales o jurídicos.
Requisitos
• Ser ciudadano venezolano(a) o extranjero(a), natural o jurídico.
• Realizar el registro consular correspondiente a través del siguiente enlace
Recaudos
• Borrador del documento Poder en formato WORD editable, texto justificado, 1.5 entre líneas, márgenes legales (2cm superior del borde al INPRE y 3cm en los laterales e inferior), el documento no debe exceder las 30 líneas por página. El sello INPRE y la firma del abogado deben estar en el margen superior izquierdo, solo de la primera página. La redacción del Poder debe cumplir con las formas venezolanas. El texto no debe tener espacios en blanco, debe ser un solo párrafo de principio a fin.
• Copia de las cédulas de identidad del/los poderdante/s (en caso de ser venezolanos) o del pasaporte (en caso de ser extranjeros)
• Copia de los datos cuyos documentos incorporó al Poder.
• Copia del carnet INPRE del abogado venezolano redactor del documento
• Copia del registro consular del/los poderdante/s.
Procedimiento
• Enviar los recaudos al correo electrónico info.consulvenlisboa@gmail.com. En el asunto del correo deberá colocar “Solicitud de autenticación de Poder”.
• Una vez recibida su solicitud y cotejados los recaudos, nos pondremos en contacto con Usted vía correo electrónico.
• Cuando el documento sea aprobado, será notificado por correo electrónico para que solicite una cita a través del enlace https://form.jotform.com/201204612442338. El día de la cita deberá presentar el ejemplar original del Poder sellado y firmado por el abogado con bolígrafo de tinta azul (no se aceptan firmas digitales), mas tres (3) copias simples del mismo en hoja tamaño A4.
• El día de la cita deberá efectuar el pago del arancel consular correspondiente en la taquilla del Consulado, con tarjeta de débito.
ARANCEL CONSULAR: consultar al correo electrónico info.consulvenlisboa@gmail.com