Registro de Nacimiento
El Registro de Nacimiento es el trámite referente al registro de un niño o niña nacido en el exterior, de padre y/o madre venezolano/a por nacimiento.
Es obligatoria la declaración del nacimiento, en el orden siguiente:
1.El padre o la madre
2.Los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado
3.Cualquier persona mayor de edad, bajo cuya representación o responsabilidad debidamente acreditada conforme a la legislación del país de domicilio, se encuentre el niño o niña
REQUISITOS:
- Original y dos (2) copias del acta de nacimiento expedida por el Registro Civil local, apostillada y con traducción oficial al idioma español. Si el acta no menciona la hora de nacimiento debe presentar documento que la evidencie, apostillado y con traducción oficial al idioma español.
- Tres (3) copias de la cédula de identidad de los padres.
- Tres (3) copias del pasaporte de los padres.
- Tres (3) copias de la partida de nacimiento de los padres. Si uno de los padres no es de nacionalidad venezolana no se requiere la partida de nacimiento de éste.
- Planilla de solicitud de registro de nacimiento. (anexa)
- Planilla de estadística de nacimiento de la Oficina Central de Estadística e Informática de Venezuela (OCEI) que debe completar a lápiz.
PROCEDIMIENTO:
- Asista a la sede Consular en el horario de atención al público.
- Presente en la taquilla de atención al usuario los recaudos.
- Será contactado en un lapso de cinco (5) días hábiles para que el declarante asista a la sede consular para la firma con documento de identificación original.
TIEMPO DEL TRÁMITE: cinco (5) días hábiles, una vez recibidos los recaudos.
ARANCEL CONSULAR: gratuito.
IMPORTANTE:
- La firma del documento como declarante puede ser sólo uno de los dos padres de nacionalidad venezolana.
- No es necesaria la asistencia del presentado/a.
- Recuerde realizar el Registro Consular antes de la solicitud de trámite en este Consulado General. https://form.jotform.com/201196668122051